A partir del 1 de septiembre de 2025, es de aplicación para el personal del Parlamento que desempeña funciones de gestión una nueva decisión que requiere la inscripción previa de los representantes de intereses que se reúnan con ellos. En la práctica, esto significa que los representantes de intereses que hayan programado reuniones sobre asuntos parlamentarios con el Secretario General del Parlamento, los Secretarios Generales Adjuntos, los Directores Generales, los Directores, los Jefes de Unidad y los Jefes de Equipo de los Gabinetes del Presidente y del Secretario General deben estar registrados y en activo, o la reunión no podrá celebrarse. Para más información sobre las normas que exigen el registro de los representantes de intereses, consulte la página de condicionalidad.
La información sobre las reuniones con representantes de intereses y con representantes de las autoridades públicas de terceros países se publicará en el sitio web oficial del Parlamento tras la declaración de los directivos a más tardar treinta días naturales después de la reunión.
Detalles
- Fecha de publicación
- 28 de agosto de 2025
- Autores
- Comisión Europea | Parlamento Europeo | Consejo de la Unión Europea